La Relación de Puestos de Trabajo (RPT) o Plantillas de Personal de los órganos descentralizados, entes instrumentales y sociedades municipales al completo, indicándose la denominación de los puestos y las plazas de cada cargo de confianza en ellos existentes (si el Ayuntamiento no tuviera estos organismos se indicará expresamente en la web y no puntuará como parte del índice).