Calendario de trabajo
La Junta de Gobierno Local, en su sesión ordinaria celebrada el día dieciséis de julio de dos mil veintiuno, entre otros acuerdos, adoptó el que con el núm. 651, trata de la aprobación del régimen de sesiones, quedando establecido el siguiente:
Periodicidad: SEMANAL
Día y hora de celebración: VIERNES a las 10:00 horas, excepto el coincidente con la sesión plenaria, que se celebrará a las 9:00 horas. La Semana Santa y la semana del Corpus Christi, debido a las festividades, y durante el mes de agosto, con motivo de las vacaciones estivales, no se celebrarán las correspondientes sesiones ordinarias.
Las sesiones de Junta de Gobierno Local podrán variar de día y hora sin perder el carácter de ordinarias y sin necesidad de acuerdo previo adoptado por la propia Junta de Gobierno Local mediante resolución del Alcalde debidamente motivada.